Autonomía de los Estados nacionales y cláusulas democráticas de los organismos internacionales : una tensión en el sistema internacional contemporáneo
Resumen:
La aceptación de la soberanía westfaliana, como herramienta para la convivencia de los Estados nacionales, significó entender al poder etático como supremacía frente a otros actores domésticos y como independencia frente a otros actores internacionales. También supuso la confirmación de dos principios derivados: la igualdad jurídica de los Estados y su derecho a la no intervención extranjera. Potencias de turno, países pequeños, teóricos de las Relaciones Internacionales y doctrinos del Derecho Internacional, pronto comprendieron que la consagración jurídica de la soberanía no implicaba autonomía o falta de dependencia en el terreno de la política internacional. Surgen intentos de reaseguros sistémicos mediante alianzas y contra alianzas, algunas reales otras como propuestas teóricas o doctrinarias. En paralelo, la reivindicación a ultranza de la no intervención tuvo consecuencias extremas: la justificación a proyectos colonialistas, los fracasos de los instrumentos inspirados en el pacifismo y el multilateralismo, y hasta las violaciones masivas de los derechos humanos del eje nazi-fascista. Como respuesta, desde 1945, se trazan esbozos de sistemas supranacionales con principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidasy con mecanismos de protección internacional de los derechos humanos. Asimismo, en el seno de organismos internacionales, se instauran verdaderos regímenes internacionales para la preservación del sistema democrático de gobierno. A éstos, sus socios ingresan por propia voluntad sin menoscabar su soberanía, pero la pertenencia puede afectar su autonomía en las competencias específicas atribuidas al régimen internacional respectivo. Ante esta tensión, se advierte que las respuestas ofrecidas por los teóricos neoliberales de las Relaciones Internacionales sobre la autonomía de los regímenes internacionales, adquiere mayor potencialidad explicativa. En efecto, estos regímenes, y el caso estudiado del Régimen Democrático Interamericano, no sólo son el resultado de la oferta del Estado socio con mayores capacidades, sino también de la demanda de sus miembros más débiles
2015 | |
Soberanía Autonomía Clausula democrática |
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Español | |
Universidad de la República | |
COLIBRI | |
http://hdl.handle.net/20.500.12008/7462 | |
Acceso abierto | |
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