Alcance del poder-deber del juez de desechar prueba manifiestamente innecesaria en la audiencia preliminar
2015 | |
Audiencias Derecho Pruebas |
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Español | |
Universidad de Montevideo | |
REDUM | |
http://revistas.um.edu.uy/index.php/revistaderecho/article/view/510
https://hdl.handle.net/20.500.12806/1526 |
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Acceso abierto | |
Atribución 4.0 Internacional |
Sumario: | Actualmente, la ley procesal establece con claridad que en oportunidad de la audiencia preliminar, cuando el Juez dicta el auto de admisión de los medios de prueba que serán diligenciados, tiene el poder-deber de desechar los medios que resultaren inadmisibles, manifiestamente innecesarios, manifiestamente inconducentes y manifiestamente impertinentes (arts. 24 numeral 6, 144 y 341 numeral 6 CGP). |
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