El derecho a crecer en materia sucesoria

Howard Alanis, Walter
Detalles Bibliográficos
2016
Derecho de familia
Sucesiones
Español
Universidad de Montevideo
REDUM
http://revistas.um.edu.uy/index.php/revistaderecho/article/view/477
https://hdl.handle.net/20.500.12806/1499
Acceso abierto
Atribución 4.0 Internacional
Resumen:
Sumario:Bajo la denominación de «derecho de acrecer» en los arts. 1044 y siguientes del C.C.U. se establece un régimen jurídico aplicable a la sucesión intestada (art. 1044), como a la testada (art. 1045), en la cual aquel a quien se le defiere parte de una herencia, o en su caso, se lo beneficia con una cuota de un legado (art. 1047), está imposibilitado –por no querer o no poder aceptar- de recibir cualquiera de ellos, con lo que la parte o cuota que le correspondía amplifica la de sus coherederos o colegatarios.