De los bienes adquiridos por un concubino a costa del esfuerzo o caudal común

Anido Bonilla, Raúl
Detalles Bibliográficos
2017
Bienes
Derecho civil
Jurisprudencia
Sociedad conyugal
Unión concubinaria
Español
Universidad de Montevideo
REDUM
http://revistas.um.edu.uy/index.php/revistaderecho/article/view/455
https://hdl.handle.net/20.500.12806/1478
Acceso abierto
Atribución 4.0 Internacional
Resumen:
Sumario:En el capítulo “Reconocimiento judicial de la Unión Concubinaria” de la ley 18246, por el que se dictan normas relativas a la unión concubinaria, en artículo 5º, bajo el acápite “Objeto y sociedad de bienes”, se dispone que “la declaratoria de reconocimiento judicial del concubinato tendrá por objeto determinar, junto a la fecha de comienzo de la unión, “la indicación de los bienes que hayan sido adquiridos a expensas del esfuerzo o caudal común para determinar las partes constitutivas de la nueva sociedad de bienes.”