La institucionalización de la vejez en Uruguay

Aguirre, Mariana

Resumen:

El objeto de la investigación es la institucionalización de la vejez en Uruguay. El interés en el tema se centra en la reconstrucción del proceso que legitimó a los “Hogares de ancianos” o “residencias” como dispositivos de cuidado dirigidos a la vejez. Se propone descubrir la eventual vinculación entre los cambios demográficos, las características de esta práctica social, el cuerpo normativo que la regula y el discurso de los expertos que las fundamentan. En Uruguay la proporción de personas con 60 o más años es del 19% (624.400), convirtiéndolo en el país más envejecido del continente. El número de residencias ha aumentado en forma sostenida en los últimos 40 años, registrándose en el último censo nacional un total 843 residencias en el país con un total de 13.817 camas. Estas instituciones están reglamentadas por la ley sobre “Hogares de ancianos” (17.066) aprobada en 1995 y el decreto Decreto 320/999 sobre “Reglamentación Técnica de los Alojamientos Privados para Adultos Mayores”. La normativa vigente, en cuya redacción tuvo una importante participación la disciplina médica, exige que estos establecimientos sean dirigidos por un médico geriatra o en caso de ausencia de éste, por un médico general. Cuando se vinculan estos elementos, se puede comprender que el estudio de las residencias es más que una indagación sobre un dispositivo de cuidado dirigido a la vejez. Se trata de las concepciones de vejez y de pérdida de auto validez construidas en el último medio siglo, que subyacen entre quienes participan en los procesos de internación.


Detalles Bibliográficos
2014
Vejez
Institucionalización
Derechos
Español
Universidad de la República
COLIBRI
https://hdl.handle.net/20.500.12008/37763
Acceso abierto
Licencia Creative Commons Atribución - No Comercial - Sin Derivadas (CC - By-NC-ND 4.0)
Resumen:
Sumario:El objeto de la investigación es la institucionalización de la vejez en Uruguay. El interés en el tema se centra en la reconstrucción del proceso que legitimó a los “Hogares de ancianos” o “residencias” como dispositivos de cuidado dirigidos a la vejez. Se propone descubrir la eventual vinculación entre los cambios demográficos, las características de esta práctica social, el cuerpo normativo que la regula y el discurso de los expertos que las fundamentan. En Uruguay la proporción de personas con 60 o más años es del 19% (624.400), convirtiéndolo en el país más envejecido del continente. El número de residencias ha aumentado en forma sostenida en los últimos 40 años, registrándose en el último censo nacional un total 843 residencias en el país con un total de 13.817 camas. Estas instituciones están reglamentadas por la ley sobre “Hogares de ancianos” (17.066) aprobada en 1995 y el decreto Decreto 320/999 sobre “Reglamentación Técnica de los Alojamientos Privados para Adultos Mayores”. La normativa vigente, en cuya redacción tuvo una importante participación la disciplina médica, exige que estos establecimientos sean dirigidos por un médico geriatra o en caso de ausencia de éste, por un médico general. Cuando se vinculan estos elementos, se puede comprender que el estudio de las residencias es más que una indagación sobre un dispositivo de cuidado dirigido a la vejez. Se trata de las concepciones de vejez y de pérdida de auto validez construidas en el último medio siglo, que subyacen entre quienes participan en los procesos de internación.