La inseguridad en la cultura jurídica: comentarios a propósito de la iniciativa de 2019 de reforma de la Constitución uruguaya
Insecurity in legal culture: comments about the 2019 initiative of Uruguayan constitution reform
Resumen:
Este artículo busca analizar la iniciativa de reforma constitucional a partir de las distintas dimensiones de reflexión acerca de la cultura jurídica. La iniciativa ha sido presentada como una solución normativa al problema de la inseguridad. Sin embargo, ha tenido lugar en un momento de la cultura jurídica global contemporánea que, entre sus principales y más complejos rasgos, posee a la condición de víctima como eje, o como situación normativa que orienta la producción de normas generales, las construcciones dogmáticas, las normas individuales, y designa el interés que el derecho debe privilegiar. Iniciativas normativas como esta instrumentalizan los mecanismos de democracia directa y, en consecuencia, el texto constitucional. La reforma constitucional tiene una doble dimensión: explicita en la constitución un programa político regresivo en materia de garantías individuales y penas, a la vez que suple en las disposiciones transitorias el no ejercicio de la facultad legislativa, incluyendo tales contenidos regresivos.
2020 | |
Seguridad Reforma constitucional Cultura jurídica ASPECTOS JURIDICOS SEGURIDAD CIUDADANA |
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Español | |
Universidad de la República | |
COLIBRI | |
https://hdl.handle.net/20.500.12008/25324 | |
Acceso abierto | |
Licencia Creative Commons Atribución - No Comercial - Sin Derivadas (CC - By-NC-ND 4.0) |
Sumario: | Este artículo busca analizar la iniciativa de reforma constitucional a partir de las distintas dimensiones de reflexión acerca de la cultura jurídica. La iniciativa ha sido presentada como una solución normativa al problema de la inseguridad. Sin embargo, ha tenido lugar en un momento de la cultura jurídica global contemporánea que, entre sus principales y más complejos rasgos, posee a la condición de víctima como eje, o como situación normativa que orienta la producción de normas generales, las construcciones dogmáticas, las normas individuales, y designa el interés que el derecho debe privilegiar. Iniciativas normativas como esta instrumentalizan los mecanismos de democracia directa y, en consecuencia, el texto constitucional. La reforma constitucional tiene una doble dimensión: explicita en la constitución un programa político regresivo en materia de garantías individuales y penas, a la vez que suple en las disposiciones transitorias el no ejercicio de la facultad legislativa, incluyendo tales contenidos regresivos. |
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