Seguridad en una UIPPL. Modelo catalán: posibles modos de implementación en nuestro país

Gargano, Héctor Juan

Resumen:

El sistema penitenciario catalán viene desde 1984 en que se transfirieron las competencias de gestión y ejecución en materia penitenciaria desde la Administración estatal española a la Administración autonómica. Podemos decir que los ejes en que se basa el sistema catalán son: 1) cumplir el mandato constitucional y la legalidad.- tal como estipulan el A° 25 de la C.E., la Ley orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario. 2) renovación y ampliación de los equipamientos penitenciarios (centros penitenciarios y servicios anexos). 3) creación de los cuerpos de Técnicos Especialistas en II.PP. , Diplomados, Auxiliares en II.PP. y de los puestos de trabajo de Educadores, Asistentes Sociales, Graduados Sociales, Sicólogos, Psiquiatras, etc., en la relación de puestos de trabajo de los centros penitenciarios. 4) creación de la Empresa pública de Talleres Penitenciarios (CIRE) como administradora de los Talleres penitenciarios y su evolución a gestora de toda la actividad económica que generan y se genera en los centros penitenciarios. 5) desarrollo de una política integral de Tratamiento, desde el ingreso hasta el pre y egreso, para cumplir eficientemente el mandato constitucional de rehabilitar y reinsertar a los penados.


Detalles Bibliográficos
2014
Privación de libertad
Seguridad
Modelo Catalán
SISTEMA PENITENCIARIO
SEGURIDAD
Español
Universidad de la República
COLIBRI
https://hdl.handle.net/20.500.12008/37844
Acceso abierto
Licencia Creative Commons Atribución - No Comercial - Sin Derivadas (CC - By-NC-ND 4.0)
Resumen:
Sumario:El sistema penitenciario catalán viene desde 1984 en que se transfirieron las competencias de gestión y ejecución en materia penitenciaria desde la Administración estatal española a la Administración autonómica. Podemos decir que los ejes en que se basa el sistema catalán son: 1) cumplir el mandato constitucional y la legalidad.- tal como estipulan el A° 25 de la C.E., la Ley orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario. 2) renovación y ampliación de los equipamientos penitenciarios (centros penitenciarios y servicios anexos). 3) creación de los cuerpos de Técnicos Especialistas en II.PP. , Diplomados, Auxiliares en II.PP. y de los puestos de trabajo de Educadores, Asistentes Sociales, Graduados Sociales, Sicólogos, Psiquiatras, etc., en la relación de puestos de trabajo de los centros penitenciarios. 4) creación de la Empresa pública de Talleres Penitenciarios (CIRE) como administradora de los Talleres penitenciarios y su evolución a gestora de toda la actividad económica que generan y se genera en los centros penitenciarios. 5) desarrollo de una política integral de Tratamiento, desde el ingreso hasta el pre y egreso, para cumplir eficientemente el mandato constitucional de rehabilitar y reinsertar a los penados.