¿Personas en situación de calle u ocupantes indebidos del espacio público? : La nominación oficial y sus consecuencias en la intervención social
Resumen:
En los últimos años la problemática que refiere a la población en situación de calle ha adquirido mayor visibilidad pública y ha sido objeto de diversas intervenciones estatales, las cuales atravesaron un cambio significativo en el año 2013; momento durante el cual fue aprobada la Ley 19.120 denominada Faltas y Conservación y Cuidado de los Espacios Públicos. Específicamente, el artículo No 14 de esta ley regula y sanciona penalmente comportamientos atribuidos a la población que se encuentra en situación de calle. Como consecuencia, dicha población pasó a ser definida como ocupantes indebidos del espacio público, lo que trajo consigo consecuencias en las intervenciones estatales, las cuales se caracterizaron por su tendencia hacia lo punitivo. El presente artículo intenta ser un aporte a la comprensión del contexto sociohistórico que permitió la emergencia del artículo No 14 de la Ley 19.120. La hipótesis que guio el análisis fue la existencia de una tendencia punitiva en el tratamiento de la población que se encuentra en situación de calle, suscitada a partir del cambio en la nominación oficial que se desarrolló en el segundo gobierno del Frente Amplio.
2019 | |
ESPACIO PUBLICO SITUACION DE CALLE INTERVENCION PROFESIONAL PERSONA SIN HOGAR |
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Español | |
Universidad de la República | |
COLIBRI | |
https://hdl.handle.net/20.500.12008/21895 | |
Acceso abierto | |
Licencia Creative Commons Atribución – No Comercial – Sin Derivadas (CC BY-NC-ND 4.0) |
Sumario: | En los últimos años la problemática que refiere a la población en situación de calle ha adquirido mayor visibilidad pública y ha sido objeto de diversas intervenciones estatales, las cuales atravesaron un cambio significativo en el año 2013; momento durante el cual fue aprobada la Ley 19.120 denominada Faltas y Conservación y Cuidado de los Espacios Públicos. Específicamente, el artículo No 14 de esta ley regula y sanciona penalmente comportamientos atribuidos a la población que se encuentra en situación de calle. Como consecuencia, dicha población pasó a ser definida como ocupantes indebidos del espacio público, lo que trajo consigo consecuencias en las intervenciones estatales, las cuales se caracterizaron por su tendencia hacia lo punitivo. El presente artículo intenta ser un aporte a la comprensión del contexto sociohistórico que permitió la emergencia del artículo No 14 de la Ley 19.120. La hipótesis que guio el análisis fue la existencia de una tendencia punitiva en el tratamiento de la población que se encuentra en situación de calle, suscitada a partir del cambio en la nominación oficial que se desarrolló en el segundo gobierno del Frente Amplio. |
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